Muchas veces es posible confundir un seguro de decesos con el seguro de vida, se son seguros distintos que tienen coberturas diferentes, en este blog lo explicamos con detalle.

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El bienestar no solo depende de nuestro cuerpo físico, también es necesario cuidar la salud mental, mantener el bienestar emocional permite ver el mundo de forma positiva, aprovechar las oportunidades y disfrutar de la vida.

Un duelo emocional acontecimientos trágicos  como puede ser tras la muerte de un ser querido, ruptura de pareja o abandono. Los primeros sentimientos son de miedo, confusión y diferentes emociones que dan lugar a que la tristeza se acabe instalando de manera profunda.

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Una prima de riesgo, como su propio nombre indica, es una medición del riesgo que supone una inversión en algo o alguien. Cuando un activo se invierte es necesario conocer el nivel de riesgo que va vinculado a la rentabilidad de esa operación.

Se utiliza principalmente para comparar un activo de riesgo (que en este caso sería el nuevo titular de un seguro) con el activo sin riesgo, que sería el activo de referencia (en este caso, una estimación de datos fiables y solventes de una titularidad apta para un seguro determinado).

¿Por qué son necesarias las primas de riesgo?

Cualquier actividad que dependa de la financiación de un externo tiene que cumplir unos requisitos mínimos que aporten seguridad a la entidad o persona que lo financia.

La prima de riesgo es la bonificación extra que se añade en porcentaje directo al riesgo que se asume. Si el riesgo es mayor, la prima será mayor y si el riesgo es mínimo, la prima será menor.

Tipos de Primas y sus características:

PRIMA NATURAL:

Se renueva de forma anual.
Depende directamente de la edad del contratante.
No acumula antigüedad.

PRIMA NIVELADA:

Precio fijo de la base. Únicamente suben con las subidas de tasas.
Los primeros años la prima es más alta.
Al cambiar de compañía se perdería la antigüedad.

PRIMA MIXTA:

Mixta entre P.Natural y P.Nivelada.
Los primeros años la varía.
Llegados a una edad, normalmente 70 años, se estabiliza.

PRIMA SEMI-NATURAL:

Prima reducida a temprana edad.
A medida que se cumplen años la prima aumenta hasta el límite establecido por la compañía.
Llegados a una edad, normalmente 70 años, se estabiliza.

PRIMA ÚNICA:

Diseñada para mayores de 65 años.
Se contrata en un único pago.

¿Cómo se calcula una prima de riesgo?

Para calcular una prima necesitaremos disponer de una serie de datos, como mínimo necesitamos:

Capital asegurado.

Duración del seguro.

Tipo de interés.

Evaluación del riesgo.

Gastos asociados al seguro.

Tributos y recargos.

Estos datos tendrán mayor o menor relevancia dependiendo de las características propias del seguro en cuestión.

¿Quieres más información sobre nuestros seguros?

Puedes cubrir nuestro formulario online desde el siguiente link:

En este nuevo artículo te contamos el proceso de contratación de un seguro de decesos e iremos explicando, paso por paso, todas las etapas previas a la firma de la póliza seleccionada.

Queremos contratar un seguro de decesos. ¿Cuál es el primer paso?

Solicitud.

Antes de seleccionar un tipo de seguro concreto, es aconsejable obtener toda la información sobre el mismo. Las aseguradoras ponemos a disposición de nuestros clientes las solicitudes, con estos formularios obtenemos tanto los datos personales del asegurado, como información relevante para poder aconsejar a nuestros clientes cual será la mejor opción para ellos.

¿Qué es la solicitud?

La solicitud es un documento que NO tiene validez legal y NO es vinculante. Podrás cubrir una solicitud en cualquier momento y después no realizar la contratación de un seguro si lo que te ofrece no te interesa.

Estudio de solicitud.

El próximo paso compete a los agentes aseguradores que, con los datos previamente facilitados, realizarán una propuesta de seguro.

Se estudiarán todos los datos y se emitirá una propuesta de seguro.

Propuesta de seguro.

Los agentes aseguradores realizan una propuesta de seguro. En este documento encontramos la propuesta completamente desglosada: coberturas, exclusiones, costes…

¿Qué es la propuesta de seguro?.

La propuesta de seguro es un documento en el que encontraremos todas las claúsulas que se firmarán en la contratación del seguro.

Para el asegurador, esta propuesta tiene carácter vinculante durante 15 días, pasado ese tiempo habrá que realizar de nuevo una solicitud y, de nuevo, esperar la siguiente propuesta de nuestra aseguradora.

Confirmación de la propuesta.

Una vez se confirme la propuesta, el seguro quedará emitido en un plazo de 20 a 30 días.

La Póliza.

La póliza es el documento que da validez al seguro. Al firmar la póliza queda demostrada la relación entre el titular del seguro y la compañía aseguradora.

En este documento se detallará todo lo previamente aprobado en la propuesta de seguro. Siempre es importante leerla para asegurarse de que todo lo pactado en la propuesta de seguro queda reflejado en el documento final.

Las exclusiones.

Conocemos como exclusiones los supuestos que NO entran dentro de nuestra póliza y, por tanto, no quedarán cubiertos por nuestro seguro.

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Un seguro de decesos es un seguro destinado a cubrir los gastos del servicio funerario. Dependiendo de la cobertura del seguro y la póliza seleccionada, puede cubrir únicamente al contratante del mismo o, incluso, abarcar a toda su unidad familiar.

Es necesario tener en cuenta que únicamente se cubrirán los gastos indicados en la póliza contratada, por ello, para contar con un seguro que se adapte a las necesidades de cada uno, siempre es bueno personalizarlo y dejar claro ante la entidad aseguradora todo aquello que quiere que se incluya.

¿Qué cubre un seguro de decesos?

Como hemos comentado con anterioridad, un seguro de decesos cubre los gastos del servicio funerario del titular del seguro que se reflejasen en la póliza contratada.

Las coberturas más habituales suelen ser:

Gastos funerarios del sepelio:

En estos gastos se incluyen esquelas, sepulturas, lápidas, nichos, ataúd,

coronas, servicios religiosos…

Incineración:

Este tipo de seguro también puede cubrir los gastos relacionados con la incineración si así lo refleja el contratante.

Trámites administrativos:

Gestión de documentación (Certificado de defunción, certificado de últimas

voluntades, baja en la seguridad social, tramitación de pensiones de viudedad u orfandad, herencias…).

Otras coberturas:

También pueden añadirse coberturas como la repatriación, los traslados, asistencia psicológica, asistencia en viaje, borrado de huella digital…

¿Por qué es una buena opción contratar un seguro de decesos?

Existe una obligación legal de que los familiares o herederos se hagan cargo del cadáver y de todos los costes que acompañen a su inhumación/incineración. Por este motivo, mucha gente decide contratar este tipo de seguro y librar así, a sus seres queridos, de correr con los gastos que supondrá su ceremonia de despedida.

En caso de que la familia no pueda asumir el gasto derivado de la defunción, el ayuntamiento se hará cargo, no obstante, a posteriori intentará cobrarse la deuda por medio de propiedades que puedan tener.

¿Qué casos quedan excluidos en los seguros de decesos?

Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de Seguro.

Los ocasionados en personas aseguradas por contrato de seguro distinto a aquellos en que es obligatorio el recargo a favor del Consorcio de Compensación de Seguros.

Los producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra.

Los causados por mala fe del asegurado.

Los derivados de la energía nuclear, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear.

Los producidos por fenómenos de la naturaleza distintos a los señalados en el artículo 1 del Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, y en particular, los producidos por elevación del nivel freático, movimiento de laderas, deslizamiento o asentamiento de terrenos, desprendimiento de rocas y fenómenos similares, salvo que estos fueran ocasionados manifiestamente por la acción del agua de lluvia que, a su vez, hubiera provocado en la zona una situación de inundación extraordinaria y se produjeran con carácter simultáneo a dicha inundación.

Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso de reuniones y manifestaciones llevadas a cabo conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, así como durante el transcurso de huelgas legales, salvo que las citadas actuaciones pudieran ser calificadas como acontecimientos extraordinarios conforme al artículo 1 del Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios.

Los correspondientes a siniestros producidos antes del pago de la primera prima o cuando, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrato de Seguro, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se halle suspendida o el seguro quede extinguido por falta de pago de las primas.

Los siniestros que por su magnitud y gravedad sean calificados por el Gobierno de la Nación como de “catástrofe o calamidad nacional”.